top of page

Queremos darte todo, para que a tu Familia no le falte nada!

Beneficio Familia Segura

Te brindamos apoyo para resarcir los perjuicios económicos que se causen como consecuencia de la muerte, incapacidad total y permanente o la enfermedad de algún miembro del grupo familiar asegurado, Con extensión de cobertura al cónyuge, hijos y padres, Cubre el riesgo de muerte por cualquier causa.  Ampara  homicidio y suicidio desde el inicio de vigencia de la póliza. 

Incapacidad

TOTAL Y/O PERMANENTE

Colpatria cubre las lesiones orgánicas o alteraciones funcionales incurables que de por vida impidan al asegurado desempeñar todas las ocupaciones o empleos remunerados para los cuales se encuentra razonablemente habilitado en razón de su capacitación, entrenamiento o experiencia y que venga ejerciendo habitualmente el asegurado menor de 65 años.

Indemnización

ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL

Cubre la muerte a consecuencia de un accidente amparado y ocurrido durante la vigencia de la póliza  siempre y cuando, se produzca dentro de los 90 días calendarios siguientes al accidente.  Ampara homicidio, peleas y riñas, práctica de deportes de alto riesgo en calidad de aficionado, terrorismo.

Enfermedades

GRAVES

“Habiendo transcurrido por lo menos 120 días como asegurado”

 

1. Infarto de miocardio

2. Cáncer

3. Accidente cerebro-vascular

4. Insuficiencia renal crónica

5. Esclerosis múltiple

6. Intervención quirúrgica como consecuencia de afectación de las arterias coronarias que requiera     cirugía de revascularización cardiaca (bypass).

7. Trasplante de los siguientes órganos vitales: corazón, pulmones, hígado, páncreas, médula espinal  o riñones.

Renta diaria

POR HOSPITALIZACIÓN Y/O UCI

1. Mediante este amparo se reconoce  una renta diaria en caso de hospitalización del asegurado por cualquier causa, por el término que dure hospitalizado y/o en unidad de cuidado intensivo, hasta máximo por treinta (30) días calendario, continuos o discontinuos.

2. En el caso de cuidado intensivo la renta diaria corresponde al doble de la renta por hospitalización y se pagará máximo por quince (15) días calendario.

 

Deducible:   Primer día de hospitalización  (1 día).

Renta mensual

PARA GASTOS DE HOGAR

En caso de fallecimiento del funcionario (asegurado principal) por cualquier causa, se        reconocerá una renta mensual  para gastos de hogar, educación, alimentación, etc., durante doce (12)  meses.

Auxilio

FUNERARIO

Cubre los gastos funerarios que se ocasionen por el fallecimiento del asegurado cualquiera sea su causa.  Incluye homicidio y suicidio.

Please reload

@2014, designer PABLO FONSECA by PBO PUBLICIDAD.COM

Visítenos

Cra. 6 No. 10-42 Of. 620

Calle 63 Sur No. 71H-98

O Llamenos

PBx: +571 777 5861

TEL: +571 776 0843

CEL: +57 314 411 7706

LINEA NACIONAL UNICA:

01800 913 5530

bottom of page